Hoy se ha confirmado que el Girona ha presentado ante el Comité de Competición la denuncia contra el Recreativo por alineación indebida de Nong. Recordemos que el partido finalizó con victoria onubense por 1-0 con gol precisamente de Nong.
El equipo catalán se ampara en el estatuto de transferencia de jugadores de la FIFA que en su artículo 5.3 recoge lo siguiente:
De este modo, según el reglamento de la FIFA, el club onubense estaría incurriendo en una ilegalidad ya que Nong esta temporada ha jugado con tres equipos: Mons (1 partido), Levante (6 partidos) y Recreativo (9 partidos).
Desde el club se ha emitido un comunicado de tranquilidad hacia la afición recreativista, ya que consideran que "la inclusión del mencionado jugador en actas de partidos oficiales con este club así como su alineación son totalmente legítimas y están dentro de la normativa vigente en los apartados de la ley que regula dicha situación."
Este artículo choca de lleno, y a la vez contradice al artículo 5.3 del reglamento de la FIFA. Al no considerar la RFEF el calendario de las competiciones y aceptar la inscripción de jugadores a un tercer equipo.
¿Qué consecuencias supondría?
Tras haber leído los documentos, reglamentos y artículos, expongo:
1. Los jugadores pueden estar inscritos en un máximo de tres clubes durante una temporada.
2. Durante este periodo (una temporada) el jugador sólo puede jugar partidos oficiales con dos clubes.
3. Hay una excepción, que sería, si el jugador juega en dos clubes pertenecientes a asociaciones internacionales cuyas temporadas se crucen (América, Asia...). Que NO es el caso.
Por tanto, si se aplicara el reglamento FIFA el Recreativo de Huelva tendría que ser sancionado con la retirada de tres puntos (que irían al Girona) y con una multa económica.
Pero al encontrarnos en España, con el reglamento de la RFEF que es una "interpretación" de la norma dictada por la FIFA. Y al haber otorgado, la propia federación española, la licencia al jugador, el Recreativo se salvaría al considerarse que "actúa de buena fe".
Como conclusión, creo que el Comité de Competición hará alusión a una cuestión interpretativa que seguramente a falta de un criterio claro no suponga sanción para los onubenses.
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